Coincidiendo
con los diez años de vigencia del Código
Civil y Comercial de la Nación, la obra se consolida como referencia ineludible para estudiantes,
docentes y profesionales.
Tres
notas distintivas de la obra
El
prólogo de la Prof. María Susana Najurieta resalta tres características que
definen el manual y la trayectoria de su autora:
·
Innovación y anticipación: Scotti aborda con profundidad cuestiones
de frontera como los contratos electrónicos, la regulación del ciberespacio o
la responsabilidad civil en entornos digitales.
·
Equilibrio entre tradición y modernidad: combina el respeto a la tradición de los
grandes maestros argentinos con la incorporación de tendencias emergentes de
los foros académicos internacionales (La Haya, UNCITRAL, ASADIP).
·
Visión pluridisciplinar: conecta el DIPr con otras ramas del
derecho y con problemáticas sociales contemporáneas —derechos humanos,
multiculturalidad, integración regional—.
Claridad
didáctica y solidez académica
El
manual se distingue por su estilo claro y
pedagógico, pensado para guiar al estudiante en el “peculiar
razonamiento” del DIPr sin perder rigor científico.
La estructura combina:
·
una Parte General, que ofrece las
herramientas conceptuales básicas;
·
una Parte Especial, dedicada a instituciones
y problemas seleccionados por su importancia práctica;
·
y un anexo de actividades prácticas,
elaborado junto a Leandro Baltar, que facilita el aprendizaje activo.
Temas
destacados de la tercera edición
La
actualización de 2025 introduce novedades y profundizaciones en áreas sensibles
de la disciplina:
·
Fuentes y constitucionalización del DIPr: con especial anclaje en el derecho
internacional de los derechos humanos.
·
Jurisdicción internacional y arbitraje: analizados desde la perspectiva del
acceso a la justicia, incorporando jurisprudencia de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
·
Reconocimiento y ejecución de decisiones
extranjeras: incluye
el Acuerdo de Singapur sobre mediación y
el Convenio de La Haya sobre Sentencias de
2019.
·
Familia y niñez: tratamiento exhaustivo de filiación,
adopción, responsabilidad parental y restitución internacional de niños.
·
Patrimonio y contratos internacionales: regímenes de bienes, insolvencia
transfronteriza, comercio electrónico y contratos internacionales.
·
Bienes culturales: un aporte original en el contexto
argentino.
·
Responsabilidad civil internacional: análisis de los daños en entornos
deslocalizados por internet y nuevas tecnologías.
Listado
de capítulos
Parte
General (7 capítulos)
1. Concepto, objeto y contenidos del DIPr.
2.
Fuentes del DIPr.
3.
Jurisdiccion internacional
4. Derecho aplicable: los métodos y las
normas del Derecho Internacional Privado
5. Problemas de aplicación y funcionamiento
de la norma indirecta
6. La cooperación jurídica internacional
7. El reconocimiento y la ejecución de
sentencias, laudos y otras decisiones extranjeras
Parte Especial (18 capítulos)
·
La persona
humana.
·
La Familia.
·
La filiación.
·
La adopción.
·
La
responsabilidad parental y otras instituciones de protección.
·
Las
obligaciones alimentarias.
·
Restitución
internacional de niños, tráfico y trata internacional.
·
Sucesiones internacionales.
·
Régimen
internacional de bienes y bienes culturales.
·
La
forma de los actos jurídicos.
·
Los
contratos internacionales
·
Títulos valores.
·
Responsabilidad civil no contractual.
·
Las personas juridicas.
·
Insolvencia transfronteriza.
·
Derecho
penal y extradición.
Una
obra de referencia obligada
El Manual de Derecho Internacional Privado de
Luciana Scotti no es solo un texto para la enseñanza universitaria. Es un mapa actualizado del DIPr argentino y global,
que combina tradición, innovación y mirada comparada.
En
tiempos en que la disciplina enfrenta desafíos inéditos —pluralismo normativo,
migraciones, comercio digital, inteligencia artificial—, esta obra se ofrece
como guía confiable y estimulante.
Por
su rigor, actualidad y claridad, la tercera edición del manual se ha convertirá
seguramente en una obra de referencia
obligada para toda la comunidad iusprivatista del país y de la región.
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