El Convenio para la unificación de ciertas
reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, más conocido como CONVENIO
DE MONTREAL DE 1999, se aplica a todo transporte internacional de personas,
equipaje o carga efectuado en aeronaves, a cambio de una remuneración.
En Argentina el Convenio fue aprobado por Ley
N° 26.451, y se encuentra vigente desde el 14/02/2010.
A marzo de 2021 el Convenio ha sido ratificado
por 137 Estados -entre los que se encuentran los principales destinos desde
nuestro país, y los países con mayor tráfico aéreo- por lo que creemos que sin
dudas ya ha alcanzado su objetivo de “modernizar y refundir el Convenio de Varsovia y los instrumentos
conexos” aunque la jurisprudencia argentina todavía mantenga dudas al respecto.
La convención dispone en sus artículos 21 y 22
límites a la responsabilidad en casos de
muerte o lesiones de los pasajeros, y respecto al retraso, el equipaje y la
carga. Con el fin de mantener el valor de estos topes y evitar su licuación por
el paso del tiempo, los límites están fijados en DEG’s (Derechos Especiales de
Giro) que es un activo de reserva internacional creado por el FMI en 1969.
Sin perjuicio de esto, y de conformidad con el art.
24, los límites de responsabilidad deben ser revisados y actualizados por la
Organización de Aviación Civil Internacional – OACI, en su calidad de
Depositario, cada cinco años para preservarlos de los efectos de la inflación.
En cumplimiento de este procedimiento la OACI
revisó los límites en los años 2009 y 2019, y esta última actualización de los
montos se encuentra vigente desde el 28 de diciembre de 2019.
No se trata precisamente de una novedad, pero
considerando que muchos tribunales continúan aplicando el límite original de la
convención es evidente que se necesita una mayor difusión.
En el cuadro de abajo se observa el límite original
en la Convención, y las dos revisiones realizadas en los años 2009 y 2019. En
la última columna, y solo a modo de ejemplo, se convierten a pesos los montos
al día 16/03/21.
Convenio de Montreal de 1999
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Límites originales en DEG
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Límites revisados al 30/12/09 en DEG
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Límites revisados al 28/12/19 en DEG
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Monto en pesos al 16/03/21
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Artículo 21
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100 000
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113 100
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128 821
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$16.780.498,23
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Artículo 22, párrafo 1
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4 150
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4 694
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5 346
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$696.381,36
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Artículo 22, párrafo 2
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1 000
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1 131
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1 288
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$167.777,62
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Artículo 22, párrafo 3
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17
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19
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22
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$2.865,76
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